El creyente se dispone para recibir la Indulgencia plenaria cumpliendo estos signos externos e internos de participación:
¿QUÉ ES LA INDULGENCIA PLENARIA?
Según los números 1471 y 1478 del Catecismo de la Iglesia Católica, la indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.